Competencia desleal: Qué es y Ejemplos

Competencia desleal ejemplos

La libre y sana competencia es la base de un sistema económico exitoso, los beneficios para la sociedad y para los ciudadanos o consumidores se presentan al tener la libertad de poder elegir entre diferentes opciones cuando se va a comprar cualquier producto o servicio, según sus necesidades, gustos y posibilidades.

La competencia es por tanto algo deseable en una economía y que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia se debería restringir; a pesar de que existan empresas que cometen acciones de competencia desleal, perjudican al sector, a los ciudadanos y a la economía de un país, lo que permite que se prolonguen falsos mitos sobre la competencia.

Y si bien la competencia desleal es algo que todos los ciudadanos han tenido que enfrentar en diferentes escalas, existe un gran desconocimiento en la sociedad en general y en las propias empresas sobre lo que se considera una práctica de competencia desleal y la diferencia que existe con lo que se denomina un acto de competencia agresiva.

Índice

    ¿Qué se entiende por competencia desleal?

    Qué es la Competencia desleal

    La definición de competencia desleal se refiere a todas aquellas prácticas comerciales en que la honestidad se pone en duda y son implementadas por una empresa, afectando de forma grave al resto de empresas competidoras y al consumidor.

    Una empresa lleva a cabo acciones de competencia desleal con la finalidad de aumentar la cuota de mercado o para eliminar competidores, obviando las reglas de juego basadas en la honestidad y sensatez y que funcionan de forma natural para regular el mercado.

    En el país la competencia desleal se encuentra regulada en la ley 3/1991, en la que se explica y se exponen cuáles son los actos que entran dentro de la competencia desleal y que deben ser evitados por las empresas, debido a que desprestigian al sector empresarial en el que se realizan y proporcionan una mala imagen frente al consumidor.

    ¿Cuándo se considera que hay una competencia desleal?

    La legislación en contra de la competencia desleal trata de proteger a todas las personas que intervienen en el mercado, incluyendo a las empresas y los consumidores. Por lo tanto, una empresa está incurriendo en competencia desleal cuando realiza prácticas ilícitas que afectan el buen funcionamiento normal del mercado.

    Las acciones que realice una empresa para que sean consideradas competencia desleal, deben promocionar sus propias cualidades o la de terceros, y estas deben ser capaces de afectar el comportamiento de los consumidores, como por ejemplo:

    • Haciendo que el consumidor elija una oferta o proveedor determinado.
    • Obligando a contratar un determinado servicio o a aceptar ciertas condiciones.
    • Forzando a conservar el bien o servicio.
    • Disminuyendo sus derechos contractuales.
    • Llevando a tomar decisiones que de otro modo no hubieran adoptado.

    Acciones de competencia desleal más comunes

    Hay muchos actos que se pueden considerar como competencia desleal, algunos de los más comunes se muestran a continuación:

    Dependencia de negocio

    Esto se presenta cuando una empresa que es el cliente principal de un proveedor, abusa de esa posición y exige tener un trato preferencial por parte de este, para que no le dispense a los demás clientes.

    Ventas a bajo coste

    Este es el caso de competencia desleal que se realiza de forma más recurrente. Es cuando una empresa vende sus productos a un precio por debajo del coste de producción, con la finalidad de eliminar competencia en el mercado o, en muchas ocasiones, para desprestigiar la imagen de la competencia. Esto es conocido como dumping.

    Engaño

    Cuando una empresa ofrece en su publicidad o en cualquier otra fuente de comunicación una información falsa, imprecisa o incorrecta sobre el producto o servicio que vende, se está incurriendo en engaño. Es decir, es cuando se anuncian ciertas características que el producto en realidad no tiene y que induce a equivocarse a los compradores.

    El objetivo principal al realizar este acto es afectar al consumidor, al engañarle sobre:

    • La naturaleza del producto o servicio.
    • La información sobre sus características principales.
    • La asistencia posventa y atención al cliente.
    • Los compromisos que se establecen en el contrato.
    • El precio real del bien o servicio.
    • No informar sobre la necesidad de bienes o servicios secundarios.
    • Las características de quien ofrece el servicio.
    • Los derechos que se tiene como consumidor o los riesgos en los que puede incurrir.
    • La adhesión de la compañía a determinados códigos de conducta.

    Imitación constante

    En este acto de competencia desleal, una empresa decide copiar de forma constante y sostenida productos o servicios de un competidor, tanto para boicotear sus lanzamiento y evitar que prospere y crezca en el mercado. Este caso es muy frecuente cuando una empresa pequeña saca al mercado un producto innovador o más grande, y con más poder económico lo copia rápidamente e invade el mercado, haciendo que la empresa pequeña desaparezca.

    Sin embargo, la ley proporciona cierto margen de acción en este sentido, debido a que sí están permitidas aquellas acciones que se consideren respuestas naturales del mercado, por lo que se encuentra prohibido es el boicot a la consolidación en el mercado de un competidor.

    Infracción legal

    Hay casos en los que a través de procedimientos ocultos, algunas empresas logran consolidar una posición de ventaja competitiva quebrantando leyes que tienen por objeto regular la actividad del mercado.

    Actos de confusión

    Este tipo de práctica suele ser muy usada por algunas empresas, especialmente a través de la publicidad. Se basa en hacer creer al consumidor información falsa sobre el producto que se está mostrando. Por ejemplo, es considerado como competencia desleal la oferta de algún producto o servicio si se encuentra asociado a un establecimiento ajeno.

    Inducir a la infracción contractual

    Se presenta cuando las empresas que tienen una posición dominante en el mercado inducen a sus clientes o proveedores a incumplir con los contratos firmados con empresas que considera que son una competencia directa. La finalidad de llevar a incumplir los deberes contractuales tiene como objetivo boicotear a la competencia y generarles problemas que puedan conducir a que pierdan su posición en el mercado.

    Este tipo de competencia desleal incluye:

    • Trabajadores: Una empresa no puede ni debe invitar a empleados de otras empresas a abandonar su puesto de trabajo o incumplir su contrato. Esto incluye los pactos de permanencia y exclusividad que se hayan establecido.
    • Proveedores: No está permitido legalmente inducir a que un proveedor deje de suministrar a un competidor, o que lo haga a un precio mucho más alto.
    • Clientes: Se refiere a que una empresa no puede invitar a un cliente a romper el pacto de permanencia o un precontrato.
    • Investigadores y desarrolladores: En este caso la empresa trata de aprovechar el know how o los secretos profesionales de un competidor.

    Denigración pública

    Se presenta cuando una empresa denigra públicamente la actividad de una empresa de la competencia de forma falsa y sin pruebas, buscando menoscabar la reputación del competidor.

    Se considera competencia desleal si no presenta estos tres requisitos:

    • Exactitud.
    • Veracidad.
    • Pertinencia.

    Esto quiere decir que por ley está permitido señalar algunas características negativas de un producto de la competencia, siempre que no se incurra en exageración y sean reales.

    Comparación pública

    Ocurre cuando una empresa usa un producto o servicio de la competencia para realizar comparaciones inexactas sobre aspectos que no son similares, que se puedan comprobar científicamente o que sean relevantes para el producto o servicio. Se encuentra muy relacionada con los actos de confusión. Todas las acciones comparativas están prohibidas siempre que no cumplan las siguientes dos condiciones:

    • Idéntica finalidad de las prestaciones comparadas.
    • Objetividad del cotejo.

    Además, la ley no permite comparar productos que se encuentren amparados por diferentes denominaciones de origen. Tampoco es legal ofrecer prestaciones como réplicas de otras que cuenten con un nombre comercial protegido.

    Prácticas agresivas

    Son actos con los que una empresa trata de reducir la libertad de elección del consumidor. Para ello se puede emplear:

    • Coacción.
    • Acoso.
    • Influencia indebida.
    • Uso de fuerza.

    Cuando se presentan alguno de estos casos, se tiene en cuenta la forma y bajo qué circunstancias se presiona al consumidor para alterar su voluntad.

    Explotación de la reputación ajena

    Si una empresa se aprovecha indebidamente de la ventaja comercial que por su reputación haya conseguido otra empresa, también se considera competencia desleal.

    Infracción de marca registrada

    Es cuando una empresa hace uso de una marca registrada conocida y prestigiosa para comercializar un producto alternativo, haciendo creer al consumidor que existe alguna relación con ese fabricante, lo que pude tomarse como un engaño.

    Sustitución no autorizada de una marca de productos por otra

    Es cuando se le ofrece al comprador la entrega de un producto determinado, por ejemplo, usando las imágenes de un artículo de una marca que hace las veces de señuelo, cuando, en realidad, se le entrega algo totalmente diferente.

    Malversación de secretos comerciales

    Es el robo de fórmulas, recetas o procedimientos que permiten duplicar un producto de la competencia, para comercializarlo bajo otro nombre y obtener ganancias por ello.

    Publicidad falsa

    Se presenta cuando se hacen afirmaciones exageradas sobre los beneficios de un producto en particular en comparación con sus competidores.

    La competencia desleal también se puede presentar por parte de empleados y exempleados de una empresa, cuando usan los conocimientos y contactos adquiridos durante el tiempo de permanencia en la misma para luego aplicarlos en otra empresa o crear un negocio por cuenta propia. Se debe contar con el consentimiento expreso del empresario, y si no se cuenta con este y además se le causa un perjuicio constituye un acto de competencia desleal en todos los aspectos.

    Otras prácticas desleales contra consumidores y usuarios

    Otras prácticas desleales contra consumidores y usuarios

    Los actos mencionados anteriormente se consideran expresamente como prácticas de competencia desleal, ya sea entre empresas o hacia los consumidores.

    En la ley también se encuentra un capítulo completo que es un complemento a la legislación de protección de Defensa de los Consumidores y Usuarios y en el que se mencionan varias prácticas desleales dirigidas directamente en contra de los consumidores.

    Estas prácticas son:

    • Prácticas engañosas por confusión para los consumidores.
    • Prácticas engañosas sobre códigos de conducta u otros distintivos de calidad.
    • Prácticas señuelo y prácticas promocionales engañosas.
    • Prácticas engañosas sobre la naturaleza y propiedades de los bienes o servicios, su disponibilidad y los servicios posventa.
    • Prácticas de venta piramidal.
    • Prácticas engañosas por confusión.
    • Prácticas comerciales encubiertas.
    • Prácticas agresivas por coacción.
    • Prácticas agresivas por acoso.
    • Prácticas agresivas en relación con los menores.

    ¿Cómo hacer frente a la competencia desleal?

    A nivel legislativo, los tribunales cuentan con una serie de herramientas que les permiten tomar acciones en contra de la competencia desleal, y de esta manera poder restaurar el dinero o la propiedad a las empresas o personas que han sido víctimas de prácticas de competencia desleal.

    Una empresa que haya sido perjudicada por prácticas de competencia desleal tiene la posibilidad de demandar y de solicitar medidas cautelares con el fin de impedir que la empresa competidora continúe cometiendo esta práctica ilegal, además puede pedir una indemnización por daños monetarios y los daños colaterales que se le hayan causado, como forma de compensación.

    El cálculo de la indemnización por los daños ocasionados se hará teniendo en cuenta una serie de factores, como por ejemplo, el número de veces que se hayan llevado a cabo actos de competencia desleal, la naturaleza y la gravedad de la conducta desleal, la duración que ha tenido en el tiempo este tipo de abuso, la mala fe con la que hayan sido realizados y el activo, pasivo y patrimonio neto de los demandados.

    La ley en contra de la competencia desleal regula una serie de acciones destinadas a combatir la competencia desleal:

    • Acción declarativa. Permite que una práctica se declare como desleal.
    • Acción de cesación o prohibición. Permite interrumpir o prevenir la práctica desleal.
    • Acción de remoción. Permite destruir los efectos de la práctica desleal.
    • Acción de rectificación. Permite exigir la rectificación de informaciones falsas o incorrectas.
    • Acción de resarcimiento de daños. Permite obtener una indemnización por los daños sufridos.
    • Acción de enriquecimiento injusto. Permite recuperar el dinero que haya ingresado el infractor vulnerando los derechos de exclusividad.

    Delitos de competencia desleal

    La ley considera que los actos de competencia desleal son infracciones legales, pero no los cataloga como delitos. Son considerados como ilícitos mercantiles y generalmente se resuelven por la vía civil, acudiendo ante un juez de lo Mercantil. Esto se debe, a que aunque se viole la ley, son actos que no revisten tanta gravedad como para ser catalogados como un delito penal.

    Pero si existe la posibilidad de que para llevar a cabo un acto de competencia desleal se cometa un delito. Es decir, que cometer un delito sea el medio que se use para poder obtener la ventaja competitiva. También se puede presentar el caso de que el acto de competencia desleal sea de tal magnitud que se pueda considerar como un delito.

    ¿Qué ley regula la competencia desleal?

    El sistema económico en el país se basa en el principio de libertad de empresa, la libertad de competencia y la concurrencia de estas en el mercado, para que así el consumidor tenga la libertad de elegir el producto que más le interese según sus necesidades y posibilidades, y pueda confrontar la calidad y los precios entre los mismos.

    El Régimen de Competencia contempla los actos de Competencia Desleal establecidos en la Ley 256 de 1996 que afecten o tengan impacto en el mercado:

    • Actos de desviación de la clientela
    • Actos de desorganización
    • Actos de confusión
    • Actos de engaño
    • Actos de descrédito
    • Actos de comparación
    • Actos de imitación
    • Explotación de la reputación ajena
    • Violación de secretos
    • Inducción a la ruptura contractual
    • Violación de normas
    • Pactos desleales de exclusividad

    Esto tiene su base jurídica en el art. 11.1 de la Ley 3/91, que permite la imitación de productos y de iniciativas empresariales ajenas, incluso le permite cierta libertad a esta acción, con la excepción que estos productos o iniciativas empresariales se encuentran amparadas por un derecho de exclusividad que esté reconocido por la Ley.

    Actos de imitación

    Lo que el ordenamiento jurídico vigente establece, en el artículo 11 de la Ley 29/2009 sobre los actos de imitación, es lo siguiente:

    • Son absolutamente libres, con la excepción de exclusividad mencionada anteriormente.
    • Para ser considerados legales se deben basar en prácticas leales, estando distanciadas de aquellas que se aprovechan del esfuerzo o de la buena reputación lograda por otros o que buscan generar una asociación indebida por parte de los consumidores, generando confusión respecto al producto.
    • Deben ser acciones esporádicas y no realizadas de forma sistemática. Con relación a este último punto, se pueden considerar como competencia desleal si hay una estrategia establecida, y que se encuentra enfocada a impedir u obstaculizar el asentamiento en el mercado de la marca original.

    En el artículo 12 de la misma ley se profundiza aún más en lo que es el concepto de imitación, marcando una diferencia con lo que es una copia falsa, que se puede distinguir entre ellas por el empleo de signos como los siguientes:

    • Hacen uso de una denominación de origen falsa, que van acompañados de la indicación acerca de cuál es la verdadera procedencia del producto.
    • Se introducen distintivos propios de otras marcas o categorías de productos.
    • En cualquiera de las dos opciones anteriores, si se encuentra acompañada de expresiones tales como “tipo”, “clase”, “modelo” y términos similares.

    ¿Cuándo se incurre en competencia desleal?

    ¿Cuándo se incurre en competencia desleal?

    La competencia desleal también puede ser usada por parte del trabajador cuando se aprovecha de conocimientos, contactos y herramientas que fueron adquiridos durante su trabajo en una empresa, para aplicarlos luego en otra actividad, que puede ser un trabajo en otra empresa o en un negocio propio. Todo esto sin contar con el expreso consentimiento del empresario y causándole a él un perjuicio económico o de otra índole.

    Pero por lo general estos actos son cometidos por extrabajadores de una empresa. Legalmente este tipo de acciones puede ser condenada con una indemnización por daños y prejuicios, ocasionada por la captación de un número elevado de clientes de la otra empresa creada por extrabajador, durante un periodo corto de tiempo. También se puede castigar desde el punto de vista penal, debido a que el trabajador puede estar incurriendo en un delito de descubrimiento de secretos de empresa o de apoderamiento y revelación de secretos.

    En el Estatuto de los Trabajadores también se habla de la prohibición de concurrencia en el artículo 21.1. En este artículo se establece que un trabajador no puede dedicarse a la misma actividad o a una similar que la de la empresa donde trabaja, sin importar si es por cuenta propia o si es por cuenta de un tercero. Para hacer esto también establece que tiene que contar con la autorización del empresario. En caso de producirse esta acción, se puede tomar como motivo de despido disciplinario.

    Cuando se dicta una sentencia debido a un acto de competencia desleal, esta prescribe generalmente en el transcurso del plazo de un año desde que se realizó y si el empresario supiera quién es la persona culpable de cometer el acto de competencia desleal. En cualquier caso, este prescribe a los tres años desde el momento en que se cometió el acto competencia desleal.

    Casos de competencia desleal en España

    Algunos ejemplos reales de competencia desleal que han ocurrido en España, por parte de empresas que son bastante reconocidas, son:

    Competencia desleal en la Televisión Española

    Tal vez uno de los casos más comentados y conocidos de competencia desleal en el país, fue el protagonizado por Televisión Española (TVE) con la emisión del programa España Directo, que comenzó en el 2.005. En Telemadrid se transmitía Madrid Directo y el parecido entre los dos formatos era más que evidente. Tanto así, que incluso TVE contrató para realizar el programa a algunas de las personas que lo realizaban en el formato de la cadena madrileña.

    Telemadrid presentó una denuncia y TVE fue condenada por competencia desleal. Legalmente se consideró que el programa España Directo era una imitación de Madrid Directo, siendo obligada TVE a dejar de emitir el programa en Madrid, además tuvo que pagar una indemnización económica por el daño moral causado.

    Para dictar la sentencia se consideró que TVE se benefició de la reputación del formato original. TVE además contrató a trabajadores de Telemadrid que estaban en el equipo de Madrid Directo poco antes de empezar las emisiones de España Directo.

    Competencia desleal por parte de Uber

    Uber es una de las empresas que es constantemente denunciada por competencia desleal, no solo en el país, sino en el extranjero. Como se conoce, Uber es una empresa internacional que proporciona una red de transporte privado a través de una aplicación móvil propia. Lo que hace la aplicación es conectar a viajeros con conductores registrados en el servicio de Uber.

    Esta empresa fue prohibida en el país por competencia desleal, tras ser demandada por la Asociación Madrileña del Taxi. Legalmente se suspendió a esta empresa en todo el país, tomando como base para esta suspensión, que sus conductores no contaban con la autorización administrativa para poder realizar su trabajo.

    En el país se producen constantemente actos de competencia desleal todos los días, debido a que muchas empresas prefieren dejar la ética y la competencia justa de lado, y buscan imponerse en el mercado sin tener en cuenta ni regulaciones ni el respeto hacia el consumidor, causando distorsiones en el mercado y ocasionando que moral y éticamente se condene a todos los empresarios por igual.

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