¿Qué consecuencias tiene ocupar una casa de un banco?

okupación

En la actualidad, existen un sinfín de casas que se encuentran ocupadas de manera ilegal; la mayoría de estos inmuebles pertenecen a entidades bancarias, ya que todavía no se han vendido o han sido abandonadas por personas que no han podido cumplir con el pago de la hipoteca. De este modo, debido a problemas estructurales como la crisis económica que llevamos viviendo desde 2008, pasando por el creciente paro y por la imposibilidad de hacer frente al pago de una vivienda, lo que conduce a los desalojos, cada vez es más usual que haya personas que ocupen casas de manera ilegal.

En el artículo de hoy centramos nuestro foco en las consecuencias que trae consigo el hecho de entrar en una vivienda de manera ilegal y quedarse a vivir en ella sin pagarla.

Índice

    "Okupación": ¿Qué es?

    Para entender las consecuencias legales que trae consigo el hecho de acceder a una casa que no es tuya, lo primero que tenemos que dejar claro es qué significa exactamente el término "okupa" que se ha puesto tan de moda.

    La "okupación" es un acto mediante el cual una persona o grupo de personas acceden de manera ilegal a una vivienda, o grupo de viviendas, que no son suyas y que en ese momento se encuentran vacías, con el fin de vivir bajo un techo sin pagar por ello y sin consentimiento del titular. Las más de las veces, este tipo de personas se encuentran sin recursos económicos o sin trabajo, (o quizá si trabajen pero el salario no sea suficiente) y deciden ocupar una vivienda vacía o abandonada para evitar vivir en la calle.

    Movimiento social 

    Con la llegada de la crisis económica del año 2008 y la explosión de la burbuja inmobiliaria, nos descubrimos ante un panorama social en el que el aumento del paro era alarmante y multitud de viviendas quedaron sin comprarse, ya que se construyó mucho más de lo que se podía asumir en términos de ventas. De este modo, mucha gente quedó en la calle y empezó a surgir la "okupación" como movimiento social y fenómeno urbano: mucha gente consideraba un derecho digno de los seres humanos el disponer de un techo sobre sus cabezas, de manera que la "okupación" comenzó a popularizarse. La gente se agrupó y comenzaron a acceder en viviendas abandonadas por los bancos en forma de desobediencia civil.

    desobediencia civil

    Sin embargo, este fenómeno no se ha circunscrito a las casas abandonadas por las entidades bancarias, si no que se ha extendido a viviendas particulares que actúan como casa vacacional o segunda residencia, de modo que el propietario, cuando quiere acudir a su casa, se encuentra que han cambiado su cerradura y que hay gente en su interior que no le dejan entrar.

    En estos casos extremos, es necesario acudir a la policía local con el fin de buscar ayuda para desalojar la vivienda en cuestión.

    En cuanto al contexto legal que rodea todo este fenómeno y que pueden apuntarse como posibles causas de que tenga lugar, se encuentra, por un lado, las políticas burocráticas débiles que no ofrecen una solución firme a este tipo de problemas, unido a un componente cultural relacionado con el propio clima de cansancio social y desencanto que ha traído consigo la crisis económica.

    De este modo, la conjunción de ambas situaciones ha dado como resultado una cierta legitimación social por parte de la propia ciudadanía al fenómeno de la "okupación".

    Por otro lado, existen otro tipo de personas que no son "okupas" que se encuentran en lo que se conocen como "pisos patera". Se trata de personas que, a priori, no se conocen y que se agrupan con el fin de acceder a una casa determinada y compartir el mismo techo. Este fenómeno suele producirse entre los inmigrantes que vienen sin recursos y sin papeles huyendo de guerras y hambres en sus países de origen; el objetivo es tratar de hacer frente al alquiler o a la hipoteca entre todos.

    Consecuencias de ocupar una casa privada

    La realidad de la "okupación" plantea situaciones complejas desde un punto de vista moral, ya que habría que analizar desde diferentes puntos de vista hasta qué punto es legítimo que una persona o grupo de personas ocupen una vivienda vacía perteneciente a un banco que no esté siendo utilizada, en el caso de que esa persona o personas no tengan acceso a recursos económicos o estos no sean suficientes. ¿Es un derecho fundamental disponer de un techo sobre nuestras cabezas y no vivir en la calle?

    En la misma línea, el problema se agrava cuando hablamos de viviendas que sí tienen propietario y el hecho de ocuparlas significa que esa persona titular se ve privada de su acceso pese a que, legalmente, sea suya. Problema al que hay que añadir el hecho de que, en multitud de ocasiones la "okupación" viene acompañada de destrozos y daños en las zonas comunes de la vivienda.

    De esta forma, el plano moral implica un debate en el que las respuestas absolutas carecen de sentido. No obstante, en el siguiente apartado nos centramos en analizar, más bien, las consecuencias legales de "okupar" una casa. 

    Condena judicial por okupacion

    El artículo 33 de la Constitución Española hace una alusión directa al derecho a la propiedad privada: "Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes."

    Así pues, el mismo artículo que reconoce el derecho a la propiedad privada, también señala la posibilidad de eliminar ese derecho por causa justificada de interés social, por lo que estaría legitimando la expropiación.

    ¿La "okupación" es un delito?

    En cuanto a las consecuencias legales directas de ocupar una casa que no sea tuya está tipificado y sancionado por la ley, en concreto, se encuentra recogido en el código penal en el artículo  245.2.

    Este artículo hace alusión al hecho de que si una persona ocupa una vivienda o inmueble sin contar con autorización previa o cuando se haga en contra de los deseos del titular, el infractor se enfrentará a una multa que irá de 3 a 18 meses de pagos periódicos, en función de la gravedad del delito.

    Por otro lado, es importante dejar claro que existen diversos tipo de ocupaciones: las hay violentas y pacíficas. Esta diferenciación es clave porque influirá de manera directa en el tipo de gravedad que se le dará a la propia infracción.

    De este modo, nos encontraremos frente al caso de una ocupación pacífica, en el momento en el que una persona o grupo de personas acceden a una vivienda o inmueble que haya sido abandonado y que no viva nadie en su interior, el acceso se lleva a cabo sin ningún tipo de daño a los bienes que se encuentren fuera o dentro de la propiedad, así como tampoco existe ningún tipo de acto de intimidación por parte de los infractores, lo que daría como resultado una infracción leve o grave.

    Por otro lado, si de lo que se trata es de una ocupación violenta, caracterizada por intimidaciones y daños a los bienes que se encuentran dentro de la vivienda, la infracción podrá oscilar entre la caracterización de grave o muy grave. De este modo, la multa podrá ascenderá desde los 3 meses hasta los 18 meses y la cuantía variará en función de los daños ocasionados.

    Por último, la más grave de todas las ocupaciones, consiste en la usurpación violenta, con daños a personas y bienes. En este último caso la pena puede convertirse en 2 años de cárcel.

    Por tanto, aquellas personas que estén pensando en ocupar una casa de manera ilegal es importante que tengan en cuenta todas estas consecuencias que se pueden desencadenar desde un punto de vista legal.

    Por otro lado, es fundamental que se entienda, por parte de los propietarios de los inmuebles, que es preciso denunciar el hecho delictivo de la ocupación de una vivienda ante la policía o ante el juzgado pertinente con el fin de que pueda ponerse en marcha el mecanismo legal que hemos explicado en líneas precedentes.

    ¿Cómo se produce el desalojo?

    Aquellas personas que han decidido ocupar de manera ilegal una vivienda, tarde o temprano son denunciadas a la policía y desalojadas del inmueble. Este proceso puede tardar más o menos tiempo en función de cómo se lleve a cabo el procedimiento judicial, pero, en total, puede extenderse desde los 6 meses hasta los 3 años.

    desalojo policial

    El motivo de que el proceso de desalojo se dilate en el tiempo tiene que ver de manera directa con el hecho de que, antes de que pueda llevarse a cabo ningún movimiento por parte de la policía, lo primero que tiene que pasar es que se alcance un acuerdo judicial, cuya acta deberá ser entregada por la policía a cada uno de los protagonistas de la "okupación".

    El proceso de expropiación puede llevarse a cabo siguiendo diferentes cauces, como puede ser el penal, pero también el administrativo o el civil, dependiendo de la titularidad del inmueble.

    De todas las vías posibles, el camino penal es el más rápido y efectivo.

    Condena

    Es importante tener en cuenta que, desde que este fenómeno se puso en marcha, el historial de condenas firmes ha sido bastante escueto. En este sentido entra en juego la problemática social que envuelve este tipo de hechos delictivos.

    De este modo, las condenas son pocas y, además, se caracterizan por ser bastante laxas y con multas de escasa severidad económica. No obstante, si bien es cierto que las consecuencias directas son leves, la realidad es que aquellas personas que ocupan una casa propiedad de un banco o de otra persona y son denunciadas, arrastran para siempre, en su historial, el hecho de contar con antecedentes penales, lo que desemboca en problemas a la hora de encontrar trabajo, entre otras dificultades sociales.

    No obstante el hecho de que las condenas sean leves, es importante tener en cuenta que, el impago de la multa impuesta, por poca que sea la cuantía económica, puede acarrear el ingreso en prisión de la persona infractora.

    En el supuesto de que se pague de manera correcta la cuantía de la multa, y en función de la gravedad del delito cometido, pasados dos años desde la comisión del mismo, la infracción puede ser cancelada.

    Por otro lado, es importante tener presente que, a la hora de llevar a cabo los diferentes procedimientos judiciales y policiales que están relacionados con el desalojo, se pueden producir otros hechos delictivos que tengan que ver con la ocupación, y que se sumen a esa infracción:

    • Resistencia a la autoridad
    • El atentado a los bienes, ya sean personales o materiales 
    • Desobediencia a las autoridades
    • Daños y perjuicios
    • Fraude en el vertido eléctrico (o situaciones parecidas)
    • Sanciones administrativas, es decir, carencia de permiso para la realización de obras en el interior o el exterior del inmueble, colocación de antenas de radio, entre otros.

    Todas estas situaciones variarán en función de las personas que se encuentren ocupando la casa, ya que las circunstancias de cada caso varían bastante de una vivienda a otra.

    ¿Qué sucede si ocupas una casa que pertenece a un banco?

    En el supuesto de que lo que se ocupe sea una casa que pertenezca a una entidad financiera, la situación puede agravarse debido al hecho de que alguien se está apropiando de un inmueble, lo que trae consigo un delito de usurpación tipificado por la ley y que viene aparejado con la posibilidad de cumplir hasta dos años de prisión.

    Tal y como hemos señalado en líneas precedentes, la severidad de la condena vendrá de la mano de la tipología de la ocupación en sí: si se trata de una ocupación pacífica, sin peligro alguno para personas o bienes, la multa será económica y podrá extenderse desde los 3 hasta los 6 meses. Por otro lado, si la ocupación ha sido violenta, con peligro para los bienes materiales o destrozos, la pena podrá aumentar y extenderse desde los 3 meses hasta los 18 meses. Por último, el caso más grave es la ocupación violenta con daños a personas y bienes, que está penada hasta por 2 años de prisión.

     

     

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