Ayudas económicas para jóvenes

AAyudas económicas para jóvenes

Las dificultades económicas por las que puede atravesar un país, que terminan afectando a todos los sectores, hace que para los jóvenes todo sea mucho más difícil, desde acceder al mercado laboral hasta poder adquirir una vivienda, incluyendo las dificultades que se pueden presentar para realizar los estudios. Ante esto, el Gobierno ha desarrollado planes de ayudas económicas a jóvenes que abarcan diferentes áreas, con la finalidad de garantizar su correcta inserción en el mercado laboral y que puedan disfrutar de todas las oportunidades, asegurando de esta manera, la construcción de un buen futuro para España.

Índice

    Ayudas económicas para jóvenes desempleados

    Ayudas económicas para jóvenes

    El Ministerio de Empleo ha desarrollado una serie de ayudas económicas para todos aquellos jóvenes desempleados que presentan dificultades para ingresar al mercado laboral por diferentes causas. Estas ayudas son parte de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven que complementa al Programa de Garantía Juvenil.

    El objetivo principal de estas ayudas económicas para jóvenes en situación de desempleo consiste en un complemento salarial por un monto de 430 euros para los que establezcan un contrato de formación.

    Requisitos para solicitar la ayuda

    Para poder ser beneficiario de esta ayuda para desempleados se deben cumplir una serie de requisitos que son de carácter obligatorio. Además, es importante destacar que esta ayuda económica no es válida para trabajadores ni estudiantes y se debe de establecer un contrato de formación y aprendizaje.

    • El solicitante debe estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
    • El solicitante debe estar entre los 16 y los 25 años, o entre los 16 y los 30 años si el joven presenta alguna discapacidad que sea igual o superior al 33%. También se pueden beneficiar de esta ayuda económica los que tengan una edad que se encuentre entre los 25 y los 30, con la condición de que el índice de paro de este colectivo sea de al menos el 20%.
    • El solicitante no debe haber trabajado el día anterior ni haber recibido ningún tipo de acción formativa un día antes a la presentación de la solicitud.
    • También debe presentar una declaración expresa en la que asume el compromiso de participar activamente en las actividades a las que sea convocado.

    Ayudas económicas para jóvenes en el mercado laboral

    Las ayudas económicas que se pueden encontrar para jóvenes en el ámbito laboral, son las siguientes:

    Contrato para la formación y aprendizaje

    Este es un contrato que facilita la inserción en el mercado laboral de jóvenes que no cuentan con la formación suficiente para trabajar. Los jóvenes reciben una formación teórica y práctica, mientras que a su vez, las empresas obtienen el beneficio de la reducción en las cuotas de la Seguridad Social.

    Contrato en prácticas

    Está dirigido a todos aquellos recién titulados que estén en la búsqueda del primer empleo. Esta ayuda también cuenta con bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

    Garantía juvenil

    Forma parte del programa de ayudas económicas dirigidas a los jóvenes menores de 30 años, que no tengan trabajo ni se encuentren recibiendo algún tipo de información, para que puedan recibir una oferta de trabajo, de formación o de un periodo de práctica. Las empresas a su vez, reciben incentivos para realizar la contratación de estos jóvenes.

    Ayudas económicas para el acceso a una vivienda

    Con la finalidad de que los jóvenes puedan acceder su primera vivienda, se encuentra la opción de acceder a las ayudas económicas para alquilar que proporciona cada Comunidad Autónoma. También se pueden encontrar ayudas económicas para jóvenes que se encuentran destinadas a la adquisición de una vivienda que alcance los 10.800 euros, con el límite del 20% del precio de adquisición, que siempre debe ser inferior a 100.00 euros. También los jóvenes tienen acceso a viviendas protegidas.

    Ayudas económicas para jóvenes emprendedores

    Existen ayudas económicas, tanto a nivel estatal como autonómico, para todos aquellos jóvenes que desean emprender con su propio negocio. Entre estas ayudas se puede destacar las siguientes:

    • Subvención de hasta 10.000 euros por establecerse como trabajador autónomo.
    • Subvenciones financieras, que consisten en préstamos que tienen un interés reducido para jóvenes emprendedores.
    • Subvención para formación, que consiste en una cantidad que equivale al 75% del costo de los cursos.
    • Capitalización del paro o pago único del desempleo.
    • Ayudas a las mujeres emprendedoras, a través de microcréditos, apoyo técnico, formación, mentorías, entre otras ayudas.
    • Ayudas ENISA, que consisten en la financiación de la adquisición de activos fijos y circulantes.
    • Premios y concursos para emprendedores.
    • Tarifa plana en la cuota de autónomos.

    Ayudas económicas para jóvenes con discapacidad

    Los jóvenes que presentan algún tipo de discapacidad también pueden acceder a una serie de ayudas económicas, que son las siguientes:

    • Subvenciones a la contratación de personas con discapacidad.
    • Subvenciones para la formación.
    • Ayuda de la ONCE.
    • Ayudas de tipo fiscal, como la reducción en el IRPF, exoneración del Impuesto de Circulación.
    • Bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones, entre otras ayudas.
    • Subvenciones para la compra de vehículos o para adaptar vehículos.
    • Subvenciones para el transporte.

    Contrato para la Formación y el Aprendizaje

    Ayudas económicas para jóvenes

    Este contrato, que parte de un programa de ayudas económicas, tiene como objetivo que aquellos jóvenes que no cuentan con la formación adecuada, puedan encontrar su primer empleo e insertarse en el mundo laboral, recibiendo formación teórica y práctica. Al mismo tiempo, las empresas pueden obtener importantes reducciones en cuanto a las cuotas de la Seguridad Social y además tienen un menor coste laboral por hacer estas contrataciones.

    El Contrato de Formación y Aprendizaje exige que el beneficiado no cuente con ningún tipo de formación universitaria, ni profesional o algún título que sea equivalente. Si cuenta con estos estudios, puede acceder a un contrato bonificado, el Contrato en Prácticas, pero el contrato para la formación queda descartado.

    El requisito fundamental para acceder al Contrato de la Formación y el Aprendizaje es tener entre 16 y 25 años en la fecha en que se formalice el contrato. Para los colectivos considerados vulnerables no existen límites: personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.

    Este es un contrato que permite la realización de una actividad laboral paga en una empresa, mientras se adquiere una formación teórica completamente relacionada con la actividad laboral que se realiza, y se encuentra regulado en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.

    Las características principales de este contrato son:

    • La formación práctica se recibe cuando se desarrolla la actividad en la empresa que realiza el contrato al trabajador.
    • La formación teórica se recibe en un centro formativo o en la propia empresa, si dispone del espacio adecuado o en ambos sitios.
    • Como es un contrato de tiempo completo, en el primer año, el trabajo realizado no debe ser superior al 75% de la jornada por lo que la formación teórica será de un 25%. Durante el segundo y tercer año, el trabajo efectivo debe estar en el 85% y la formación teórica debe ser 15%.
    • Si la jornada diaria de trabajo está formada tanto por tiempo de trabajo como por la actividad formativa, los desplazamientos que se realizan para acudir al centro de formación se toman en cuenta como tiempo de trabajo efectivo.
    • Este tipo de contrato no permite la realización de trabajos nocturnos, por turnos, horas extras, con la excepción de que sea para participar en la reparación de daños por siniestros o daños urgentes.
    • La duración mínima del contrato es por un año y la máxima por tres años, aunque si el Convenio Colectivo objeto del contrato lo marca, la duración puede ser de solo seis meses.
    • Si el contrato se establece con una duración inferior a la máxima legal, puede ser objeto de prorroga hasta por dos veces. La duración de cada prórroga no debe ser menor de seis meses, e igualmente la duración total del contrato no puede pasar de tres años.
    • Los siguientes casos: incapacidad temporal, embarazo, maternidad, adopción, riesgo durante la lactancia y paternidad, pueden interrumpir el tiempo de la duración del contrato. Se puede establecer en el contrato un periodo de prueba.

    Este contrato y todos los anexos relacionados con los acuerdos para la actividad formativa se deben formalizar por escrito en un modelo oficial y debe ser notificado al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes luego de haber sido formalizado, al igual que las prórrogas que se realicen y su finalización. Los contratos bajo ningún concepto se pueden realizar a tiempo parcial.

    En cuanto a la retribución que recibe el trabajador, es establecida de forma proporcional al tiempo de trabajo efectivo, según lo que se haya establecido en el convenio colectivo y la retribución no podrá ser nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional, siempre en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

    Beneficios de la empresa con este contrato

    Los beneficios para la empresa de realizar este contrato en el marco de las ayudas económicas son:

    • Se bonifica la formación teórica del trabajador.
    • La empresa tiene una reducción en las cuotas en la Seguridad Social, siendo establecidas así: reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
    • Reciben financiamiento por la formación y bonificaciones por los costos de tutorización.
    • Tienen un menor coste laboral.

    Ventajas para el trabajador con este contrato

    Hay que partir de que este contrato fue especialmente diseñado para aquellos jóvenes que no cuentan con una formación adecuada o los conocimientos necesarios para acceder al mercado laboral, por lo que la ventaja más importante se encuentra en la posibilidad de poder obtener el Certificado de Profesionalidad o un Título de Formación Profesional, lo que permite que los jóvenes aumenten su competitividad, debido a que pueden reflejar en el currículum la experiencia laboral y la formación teórica que se recibió.

    Además con este contrato también se permite cotizar para la jubilación y por desempleo. Cuando el contrato llega a su fin, se tiene derecho a las prestaciones por desempleo en función de las cotizaciones realizadas.

    El Contrato en Prácticas

    Este contrato que se encuentra también dentro del marco de ayudas económicas, está orientado a los jóvenes que hayan finalizado los estudios y tengan un título universitario, de formación profesional de grado medio o superior, o títulos que sean reconocidos oficialmente como equivalentes, o títulos de certificado de profesionalidad que habiliten para realizar el ejercicio profesional. Es un contrato que es usado mayormente por jóvenes que acaban de terminar sus estudios y que no cuentan con restricciones por la edad, y que además cumplen todos los requisitos.

    Este contrato se creó con la finalidad de permitir la entrada en el mercado laboral para los jóvenes, obteniendo su primer empleo en el que puedan poner en práctica los conocimientos adquiridos en sus estudios y así poder adquirir la experiencia necesaria.

    Características y requisitos del contrato en prácticas

    Las características principales de este contrato son:

    • Está dirigido únicamente a la contratación de titulados universitarios, de formación profesional, con certificados profesionales, o títulos equivalentes.
    • En la actualidad se exige que no hayan pasado más de cinco años desde la obtención del título, o siete si el joven presenta alguna discapacidad. Cuando se es menor de 30 años, y se trata del primer empleo, no se aplican estos plazos.
    • Debe ser para un puesto que permita tener la posibilidad de realizar prácticas profesionales relacionadas con el título obtenido.
    • Las prácticas pueden tener una duración de entre seis meses y dos años, existiendo reglas para realizar prórrogas y su duración máxima, dependiendo de si se han hecho prácticas anteriormente, o si se han obtenidos títulos con anterioridad.
    • El salario debe representar como mínimo el 60% del salario que corresponde al puesto que realiza durante el primer año, y el 75% el segundo año, y siempre se debe pagar el Salario Mínimo Interprofesional o mayor a este.
    • Se otorga el alta en la Seguridad Social, cotizando, entre otras cosas, para el desempleo. Si cuando se finaliza el contrato el trabajador ha acumulado el número de cotizaciones necesarias, puede solicitar el paro.

    Hay que evitar confundir el Contrato en Prácticas con otra figura que presenta características parecidas, y que se encuentra también entre las ayudas económicas, como es el contrato de formación y aprendizaje.

    El contrato de formación y aprendizaje, es diferente al contrato de prácticas. El primero está orientado a jóvenes entre 16 y 24 años que no cuentan con una preparación profesional reconocida. Es un contrato que es destinado para poder trabajar y recibir una formación teórica y práctica. En cambio el contrato de prácticas, lo usan los que ya han obtenido un título.

    En el contrato de formación y aprendizaje, el joven no cubre una jornada completa en su trabajo, sino el 75% el primer año y el 85% el segundo y el tercero, y el resto del tiempo es empleado en recibir una actividad formativa, que tiene como finalidad obtener un título de formación profesional de grado medio, superior, o de un certificado de profesionalidad.

    Al terminar el período del contrato de prácticas, la empresa está en la obligación de entregar al trabajador un certificado, en el que debe contar la duración de las prácticas realizadas, las tareas desempeñadas y los puestos que ocupó. Así el beneficiado puede acreditar estas prácticas y la experiencia adquirida, lo que sin duda puede favorecer su integración en el mercado laboral. Este certificado, además de la experiencia obtenida y la posibilidad de continuar dentro del mercado laboral, son las grandes ventajas que obtiene el joven que es beneficiado.

    Derechos del trabajador con un contrato en prácticas

    El sueldo que recibe un joven que tiene un contrato en práctica de las ayudas económicas para el empleo, es el establecido en el convenio colectivo que sea aplicado a la empresa, pero nunca puede estar por debajo del 60% (en el primer año de contrato) o al 75% (durante el segundo año) de lo que cobre un trabajador normal que ocupe un puesto de trabajo equivalente. Este sueldo tampoco puede estar por debajo del salario mínimo interprofesional. Si hay un contrato a tiempo parcial, se prorrateará según sea la jornada de trabajo. En el resto de condiciones del trabajo (días festivos, bonos, entre otros) se hará según lo que está dispuesto en el convenio colectivo.

    La duración máxima de este contrato, ya sea en la misma empresa, o en otra, es de dos años. Esto quiere decir que un trabajador no puede estar más de dos años con un contrato de prácticas para la misma titulación. Si obtiene otro título posteriormente, puede tener un nuevo contrato con otros dos años.

    El contrato en prácticas permite cotizar para la jubilación, el desempleo, las incapacidades y otras prestaciones de la seguridad social, al igual que un contrato normal, aplicándose solamente los requisitos generales de cotización.

    En cuanto a la finalización del contrato, el trabajador tiene derecho a exigir su finiquito y la liquidación. En el caso de que el trabajador se da de baja voluntaria, no tiene ningún derecho a indemnización y se aplican todas las normas habituales en los contratos ordinarios.

    Si por el contrario es el empresario quien decide prescindir del trabajador durante el periodo de prueba, o si el trabajador decide cesar en la empresa en este periodo, no se tiene derecho a indemnizaciones y solo se debe pagar el finiquito.

    Si se terminó el periodo de prueba y la empresa decide cesar al trabajador antes de que finalice el periodo de tiempo establecido en el contrato, se toma como un despido, en cuyo caso se deben seguir las recomendaciones habituales.

    Cuando se finaliza el contrato se puede prorrogar, mientras las dos partes estén de acuerdo en hacerlo. Si cuando termina la duración máxima del contrato, el trabajador continúa prestando sus servicios en la empresa, el contrato será considerado como ordinario indefinido y la empresa no puede exigir por lo tanto un nuevo periodo de prueba. La duración de las prácticas realizadas son tomadas en cuenta en el momento de calcular la antigüedad del trabajador en la empresa.

    Ventajas para el empresario que realiza estos contratos

    Los empresarios reciben muchos insentivos por realizar este tipo de contratos que se encuentran englobados dentro de las ayudas económicas para los jóvenes:

    • Las empresas que contratan a un menor de 30 años, tienen derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social relacionadas con contingencias comunes correspondiente al trabajador.
    • Reducción del 75% de las cuotas si se contrata a un joven que realizó prácticas no laborales en la empresa.
    • Existen bonificaciones cuando se transforman estos contratos en prácticas en contratos indefinidos, en empresas que cuentan con menos de 50 trabajadores, lo que supone una bonificación por tres años de 500 euros en caso de los hombres y 700 euros en caso de las mujeres a descontar de las cuotas de la Seguridad Social.

    Recomendaciones para la empresa y el beneficiado de este contrato:

    • El contrato se debe realizar por escrito.
    • Es muy importante rellenar con cuidado el contrato, indicando el título por la que se realizarán las prácticas, la duración del contrato, si será a tiempo parcial o completo, el puesto a ocupar entre otros datos.
    • Debe ser notificado al Servicio Público de Empleo Estatal entre los diez días siguientes desde su firma, y también a los representantes de los trabajadores.
    • Es recomendable que la empresa solicite una certificación al Servicio Público de Empleo Estatal con la finalidad de que pueda constatar si este trabajador ha estado con este tipo de contrato anteriormente.
    • La empresa debe consultar las bonificaciones que puede recibir para este tipo de contratos.
    • Si se incumplen cualquier de los requisitos formales, puede hacer que el contrato se considere indefinido.

    El Sistema Nacional de Garantía Juvenil

    El Plan de Garantía Juvenil es un programa establecido de forma conjunta entre la Unión Europea y el Gobierno de España para favorecer la empleabilidad de los jóvenes y forma parte de otras ayudas económicas y laborales. La finalidad del sistema es asegurar que todos aquellos jóvenes que sean menores de 30 años y que se encuentren desempleados o no estudien, puedan acceder a ofertas de empleo, de educación, formación o a realizar un período de prácticas de trabajo.

    Las empresas también reciben grandes incentivos para que se animen a realizar la contratación de jóvenes que se encuentren inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

    Para inscribirse en el sistema es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

    • Contar con más de 16 años y menos de 30 en el momento en que se solicite la inscripción.
    • Tener la nacionalidad española, la de un país miembro de la Unión, de los Estados que forman parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza, o que se encuentren establecidos en España.
    • También podrán inscribirse en el Sistema los extranjeros que cuenten con una autorización para residir en territorio español y esta permita trabajar.
    • Estar empadronado en cualquier localidad del país.
    • No haber trabajado, ni recibido acciones de formación o educación hasta el día antes de la solicitud.
    • Se debe adquirir de un compromiso de participación activa.

    Para inscribirse en este sistema, ya sea para recibir formación o bien recibir ofertas de trabajo, se puede realizar la inscripción a través de una oficina de empleo. Actualmente, en el momento de apuntarse al paro, se queda automáticamente registrado en el sistema.

    También se puede dar de alta de forma directa en el portal web de Garantía Juvenil,  si se cuenta con DNI electrónico, certificado digital o clave, también puede realizar la inscripción a través de las Cámaras de Comercio.

    Tarifa Plana para Autónomos Jóvenes

    También existe una Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven que incluye un programa para favorecer la generación del emprendimiento entre los jóvenes desempleados a través de una tarifa plana para autónomos, que no entra en los planes de ayudas económicas, debido a que se busca que el joven genere sus ingresos.

    Durante los primeros 30 meses que trabajen como autónomos, los jóvenes menores de 30 años pueden llegar a recibir una serie de incentivos y bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social:

    • Reducción del 80% de la cuota: Durante los seis primeros meses como autónomos, se deben abonar una tarifa plana de 53 euros mensuales de cuota como autónomo a la Seguridad Social en el caso que la cotización del emprendedor sea la más baja. Si se tiene una discapacidad que sea igual o superior al 33%, esta deducción abarca los primeros doce meses de actividad.
    • Reducción del 50% de la cuota: Luego de que se superan los primeros seis meses como autónomo, se obtiene una reducción del 50% en el pago de la cuota a la Seguridad Social, que se encuentra alrededor de los 127 euros. Igualmente en el caso de una discapacidad igual o superior al 33%, esta deducción se alarga hasta los 30 meses de actividad.
    • Reducción del 30% de la cuota: Pasado el año de actividad, abonará durante los siguientes 3 meses el equivalente al 70% de la cuota de autónomos de la Seguridad Social, siendo el mínimo 180 euros mensuales. Esta bonificación puede extenderse durante 15 meses más.

    Requisitos para acceder a esta cuota

    • Tener menos de 35 años.
    • No haber cotizado en los últimos 5 años.
    • No tener otros trabajadores contratados.

    Ayudas para comprar y alquilar vivienda para jóvenes

    Ayudas económicas para jóvenes

    Entre las ayudas económicas a las que pueden acceder los jóvenes, se encuentra el Plan Estatal de Vivienda, en el que se dispone que el Estado pagará el 50% del alquiler de la vivienda a menores de 35 años y a mayores de 65, contemplando además un monto de hasta 10.800 euros para ayudar a los jóvenes en la adquisición de vivienda.

    Si se quiere solicitar esta ayuda para comprar vivienda o la ayuda para alquilar vivienda, es necesario conocer cuáles son los requisitos y el procedimiento para poder presentar la solicitud cuando se comience el proceso.

    Los requisitos básicos son:

    • Se debe ser menor de 35 o mayor de 65 años.
    • Tener ingresos inferiores a 1.597,53 euros mensuales.

    Si se está interesado en comprar una vivienda:

    • Es necesario que la unidad familiar cuente con unos ingresos anuales inferiores a 22.558,77 euros. Se toman en cuenta los ingresos brutos anuales que se hayan declarado en la última declaración de la renta que se haya realizado.
    • Que la vivienda sea la residencia habitual y permanente por lo menos por cinco años.
    • No se debe ser propietario o usufructuario de una vivienda en el país.
    • La vivienda a adquirir debe tener un valor de compraventa en el mercado de 150.000 € o inferior.

    Si lo que se quiere es alquilar, los requisitos que se deben cumplir para poder solicitar la ayuda son:

    • Que los ingresos de la unidad familiar sea inferiores a 22.558,77 euros, tomándose igualmente en cuenta los ingresos brutos anuales que se hayan indicado en la última declaración de la renta.
    • Que el importe del alquiler sea igual o inferior a 600 € al mes, pudiendo ser de hasta 900 € en casos que se puedan justificar.
    • Que sea la residencia habitual y permanente durante todo el periodo de ayuda.

    Otras ayudas económicas

    Existen otras ayudas económicas a las que pueden acceder los jóvenes en el país, como son:

    Las becas de ayuda para Formación Profesional Dual

    Las becas de ayuda económica para Formación Profesional son de tres tipos:

    • Becas y ayudas a alumnos de niveles postobligatorios no universitarios.
    • Becas y ayudas para alumnos que tienen una necesidad específica de apoyo educativo.
    • Ayudas Erasmus, que son financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y que se enmarcan dentro del Programa Erasmus+.

    Además de las ayudas económicas y planes de empleo mencionados anteriormente, los jóvenes desempleados podrán acceder también a otras prestaciones y subsidios que se encuentran disponibles, siempre que presenten los requisitos que se solicitan:

    • Los jóvenes en situación de desempleo que hayan cotizado en empleos anteriores un mínimo de 360 días, pueden solicitar el paro.
    • Si no cuentan con las cotizaciones necesarias pero se tienen hijos a cargo, se puede solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización, siempre que se tengan por lo menos tres meses cotizados, en caso contrario se necesitan seis meses de cotización para poder solicitarlo.
    • Puede cobrar el subsidio por desempleo si se reúnen los requisitos necesarios.
    • También se podrá solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), la Renta Activa de Inserción y el Programa de Activación para el Empleo.
    • Todas las Comunidades Autónomas gestionan lo que denominan salarios sociales o rentas de inserción autonómicas, dirigidos a todas las personas que se encuentran en riesgo de exclusión social.

    Es muy importante recordar que los jóvenes desempleados tienen que apuntarse al paro para poder acceder a los siguientes beneficios o ayudas económicas:

    • Realizar Cursos INEM de formación: Todos los jóvenes en situación de desempleo pueden acceder a estos cursos de formación de manera gratuita, con la finalidad de completar su formación y obtener así los certificados de profesionalidad.
    • Ingresar a la bolsa de empleo: Los jóvenes que se encuentran en la búsqueda de empleo entran a formar parte de una bolsa de trabajo.
    • Recibir orientación laboral: También tendrán derecho a recibir orientación laboral y asesoramiento por parte de profesionales.

    Todos los beneficiados deben recordar que una vez se han inscrito como demandantes de empleo se debe realizar la renovación de la demanda de manera periódica. En el país existen diferentes ayudas económicas para aquellos jóvenes en situación de desempleo y que necesiten una ayuda para ingresar en el mercado laboral, para poder cumplir con expectativas, como estudiar o adquirir una vivienda.

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